De esta manera, explicaron que “se evita la necesidad de que los docentes deban iniciar cualquier tipo de litigio judicial, dado que en un plazo máximo de cinco días se resolverá la consulta realizada y, posteriormente, se procederá a la adecuación del pago”.
Además, indicaron que en la resolución se expresa que “en caso de que la liquidación practicada sea correcta, la Dirección de Ajustes y Liquidaciones ratificará la liquidación realizada, indicando las razones por las cuales es correcta y especificando que el reclamo efectuado no corresponde".
Asimismo, se añade que "en caso de que la liquidación practicada sea errónea, la Dirección de Ajustes y Liquidaciones aceptará el reclamo a través del RELI y subsanará la irregularidad, error o falta de liquidación, señalando el período en el cual se liquidará la diferencia o suma faltante y determinando, en lo posible, la fecha estimativa del pago".