Recategorización
Además, Benítez contó que “la AFIP ha hecho una recategorización de oficios”, y está relacionada a las “dos que hay que hacer todos los años, de acuerdo a los parámetros de facturación que tenemos”.En esta oportunidad, “es una recategorización que se debía haber hecho en enero, por retraso del mismo Estado”, por lo que “hay que controlar si esa recategorización es correcta”.
El profesional detalló que "si no lo es se puede impugnar o apelar hasta el 20 de junio”, indicó. Subrayando que “la deuda que aparece en la página de la AFIP no debe generar intereses, dado que el contribuyente no sabía que tenía que pagar algo que no se sabía”.
Por último apuntó que, “hasta el 20 de junio no va a generar intereses esa deuda, después sí”, dijo Benitez.