Es que, “en el alquiler de viviendas se toma el índice que va a habilitar el gobierno y que será el aumento anual pero con respecto a los alquileres comerciales, sigue en vigencia lo anterior: las partes pueden acordar entre ellas”, detalló.
Plazos y garantías
En diálogo con Diario Río Uruguay, el intermediario comentó que la nueva normativa establece un “plazo mínimo de contrato de 3 años”, cualquier a sea su destino (habitacional o comercial).Por último, sobre las garantías, Tecco explicó que “ya existían las condiciones en la ley anterior y de hecho se vienen tomando garantías con recibo de sueldo, títulos de propiedad, seguros de caución”. “Hay muchas maneras y depende de la buena voluntad de las partes”, remató.