Además, se dio a conocer que los préstamos contarán con 6 meses de gracia y la devolución se realizará en 12 cuotas sin intereses.
Por otra parte, los monotributistas tendrán tiempo para el trámite ante la AFIP hasta el próximo 31 de diciembre de 2021 y dispondrán hasta el 20 de enero de 2022 para completar la solicitud en la entidad bancaria emisora de su tarjeta de crédito. Asimismo, se aclaró que aquellos monotributistas que no cuenten con dicho medio de pago deberán seleccionar una entidad bancaria que le emitirá una tarjeta para continuar el trámite.
Así también se destacó que el monto máximo de los créditos a Tasa Cero dependerá de la categoría en la que se encontraba registrado cada monotributista al 30 de junio (previo a la última recategorización).
• Categoría A hasta $90.000
• Categoría B: hasta $120.000
• Resto de las categorías: hasta $150.000
En tanto, el mínimo de los Créditos a Tasa Cero previsto por la normativa es de $10.000.
Según las precisiones del contador, los solicitantes deberán aclarar que:
• No está en relación de dependencia.
• No percibe ingresos provenientes de una jubilación o pensión.
• No se encuentra en situación crediticia 3, 4, 5 o 6, que difunde el Banco Central.
• El promedio mensual de la facturación electrónica del 1° semestre del 2021, o desde la fecha de inicio de su actividad, no superó 1,2 veces el límite inferior de la categoría en la que se encuentra. Para la categoría A, el promedio mensual de la facturación electrónico no superó $20.800.
• En el 1° semestre del 2021, o desde la fecha de inicio de su actividad, los servicios que facturó al sector público nacional, provincial o municipal no superaron el 70% del total de su facturación.
Por último, cabe destacar que hasta que no se cancele el total de crédito, los contribuyentes no podrán acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para realizar operaciones correspondientes a la formación de activos externos; concertar ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.