Agrandar imagen El Inmobiliario Urbano se podrá pagar indicando el número de DNI o CUIT.
El Inmobiliario Urbano se podrá pagar indicando el número de DNI o CUIT.
En el marco de la postergación del cronograma de vencimientos del impuesto inmobiliario urbano (segundo anticipo) - luego de la recomendación sanitaria que significara la suspensión del reparto de avisos de vencimiento - la ATER y el Banco Entre Ríos habilitaron la posibilidad de concurrir a pagar las obligaciones del tributo a los centros de cobros Entre Ríos Servicios solamente indicando el DNI, CUIT, CUIL o Partida del contribuyente.

El cronograma de vencimientos comenzará el próximo lunes 18 hasta el 22 de mayo.
Excepción
El administrador fiscal, Germán Grané, subrayó que en el excepcional contexto, la medida constituye una herramienta importante atento al gran nivel de pago presencial y en efectivo que tiene este tributo.

“El trabajo conjunto es con el agente financiero para poner al servicio más alternativas que agilizan y simplifican la gestión al ciudadano”, puntualizó. Subrayando que “desde la Administradora promovemos día a día avances en los servicios al vecino”.

Asimismo, el funcionario recordó que "no obstante la nueva opción, en este especial tiempo, bregamos porque los vecinos se queden en su casa, y recordamos que pueden consultar, descargar y abonar de manera electrónica por todos los canales que funcionan con normalidad".

Por su parte, el Gerente General del Banco Entre Ríos, Miguel Malatesta, señaló que "con la ATER estamos realizando un trabajo en equipo para poder brindarle a la comunidad diferentes soluciones y medios para que puedan abonar los tributos de forma rápida y segura”.

“Comenzamos con el Botón de Pagos Web, que actualmente mejoramos y simplificamos, y hoy estamos presentando una herramienta para que el contribuyente que necesite abonar de manera presencial pueda hacerlo sin necesidad de contar con el aviso impreso", añadió.
Online
También se podrá pagar online indicando DNI, PARTIDA o CUIT. Esta modalidad permite que los contribuyentes puedan abonar el tributo desde la web de ATER mediante el Botón de Pago (con cualquier tarjeta de débito), indicando los datos del titular (DNI, CUIL, CUIT o partida).

Otros canales electrónicos que también operan con normalidad son:

Home Banking (De todos los bancos): Ingresando el código de pago electrónico.
Cajeros Automáticos de todas las redes: Ingresando el código de pago electrónico.
Volantes Electrónicos (VCD / VPA) mediante los servicios de ATER con clave fiscal AFIP.