En este sentido, desde la Secretaría Técnica de CARU reiteraron en la fundamentación de la mencionada resolución, que el Dorado realiza migraciones reproductivas regulares en los ríos de las cuencas donde todavía habitan. El período reproductivo en nuestra región es en la primavera y el verano, por lo que se establece la veda estos cuatro meses para proteger la época del desove y aumentar así la eficiencia reproductiva.
La CARU recuerda que la mencionada Resolución, se enmarca en las tareas de preservación de la Biodiversidad y la conservación de los recursos ícticos del Río Uruguay que desarrolla la Comisión Administradora del Río Uruguay, por mandato del Estatuto del Río Uruguay.