Entre sus considerandos, Castagno señaló que “se ha demostrado que los implicados incurrieron en la “clandestinidad” y aseveró que “han invadido el inmueble en cuestión”. Como respuesta a los argumentos que esgrimieron los abogados de Dolores Etchevere, la magistrada dijo que “carece de toda relevancia la discusión sobre la legitimidad del titulo de la propiedad o el estadio procesal del proceso sucesorio.”
También se resolvió librar el mandamiento correspondiente al Jefe de la Policía de Entre Ríos para "hacer cesar el presunto delito que se estaría cometiendo", subrayando que era una medida que se debería ejecutar "de forma inmediata, con el cuidado de la la integridad de las personas que ocupen el predio y de los bienes que allía se hallaran".
Tal como estaba prevista, la audiencia se desarrolló en el salón principal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), donde la vocal Castagno leyó la resolución ante los fiscales Oscar Sobko y Mónica Carmona; los Drs. Lisandro Mobilia y Daniela Verón (abogados de Dolores Etchevehere); y el abogado Rubén Pagliotto, como querellante de Luis Miguel y Juan Diego Etchevehere y su madre Leonor Barbero Marcial.