La medida fue oficializada a través de la Disposición 3404/2023, que fue publicada en la última edición del Boletín Oficial y que llevó la firma de Manuel Limeres, titular de la ANMAT.
El producto en cuestión es el "Queso Sardo Argentino marca Santa Rita - Distribuido por J. Serrat - Dpto. Chilcas - Victoria - Entre Ríos". Tenía el símbolo "Sin T.A.C.C.", en referencia a que era un alimento libre de trigo, avena, cebada y centeno.
Además, los números de RNE (Registro Nacional de Establecimiento) y de Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) habían sido dados de baja. Por lo tanto, “estaba falsamente rotulado y era ilegal”.
La investigación comenzó a raíz de una notificación de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl), que alertó que ese queso no contaba con la normativa alimentaria vigente. Entonces, tomó muestras oficiales del producto comercializado en la localidad de Capitán Bermúdez, en Rosario, Santa Fe.
Luego, buscó información al respecto a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA) y constató que el TNE y el RNPA habían sido dados de baja en 2016. Por eso, ese producto no se encontraba registrado en la base de datos como Alimento Libre de Gluten, consignó El Once.
“Con el fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del alimento, así como también todos aquellos productos que en sus rótulos indiquen el RNPA 025/08000577/004 y RNE 025/08000577”, precisaron.