La actividad y los inmuebles que se utilicen para tales eventos, deberán contar con habilitación municipal o comunal, quienes tendrán a su cargo la verificación y control, del cumplimiento de las pautas previstas, con la colaboración de los organismos provinciales y nacionales.
Se debe utilizar el barbijo en caso de circulación o tránsito por los espacios comunes.
En todos los casos, los organizadores deberán hacer cumplir los protocolos vigentes y asegurar el distanciamiento entre los asistentes, el uso de barbijos en espacios compartidos y los elementos de higiene de manos.
Aforo
El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas es de un máximo del 70 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada. Se debe mantener una distancia mínima de dos metros entre comensales de mesas contiguas.
Se dispondrán mesas diferenciadas para cada burbuja social.
La zona exterior es de uso preferencial para momentos de esparcimiento y será de uso obligatorio de barbijo o mascarilla. Se deberán desarrollar evitando aglomeraciones o cruzamientos entre las burbujas sociales previas.
Se debe considerar la capacidad de los sanitarios para calcular el número de asistentes al evento, independientemente de las dimensiones del salón.
Zona de "la barra”
Se ubicará en el exterior del salón o en la zona mejor ventilada del espacio interior. Se deberá usar vasos y elementos descartables. Para su atención deberá alternarse por mesas o gestionarse a través del personal de servicio asignado a esta tarea, consignó El Once.