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Según pudo saber Diario Río Uruguay, personal del Puesto Caminero Paso Cerrito, ubicado en el km 341 de la autovía José Gervasio Artigas, realizaba un operativo de control cuando, aproximadamente a las 9:30 de este viernes, procedieron a detener la marcha de un vehículo marca Peugeot 3008.

El rodado era conducido por Ibar Esteban, proveniente de la provincia de Buenos Aires, quien no sería el titular del vehículo en cuestión. Además, los agentes constataron que el conductor presentó una cédula de identificación para autorizado que no reunía las características de originalidad del rodado.

Ante tal situación, se puso en conocimiento al Juzgado Federal de Concepción del Uruguay, a cargo del Dr. Barraza José María, quien dispuso el secuestro del vehículo, como así también la identificación del conductor y, de no poseer ningún tipo de requerimiento lega, quedara en libertad, supeditado a la causa.
Causa Efedrina
Ibar Esteban Pérez Corradi se encargaba de ingresar efedrina (precursor químico que se utiliza para elaborar drogas sintéticas) para venderlo al narcotráfico. Prófugo durante cuatro años, fue recapturado el 19 de junio de 2016, en Foz de Iguazú, Brasil, y extraditado al país desde Paraguay.

En su rol de imputado-colaborador declaró en unas diez ocasiones para confirmar que había comercializado estupefacientes y había hecho ingresar efedrina al país unos 14 mil kilogramos de esa droga. En sus declaraciones también involucró a policías federales y funcionarios de Aduana.

En 2018, tras un pedido fiscal de 10 años de cárcel, el Tribunal Oral Federal 8 lo condenó a la pena de siete años de prisión por el desvió 1300 kilos a través de Masterfarm SA, 9800 kilos más a través de Farmacéuticos Argentinos SA (FASA) y otros 1900 kilos a través de Guillermo Raúl Ascona, que terminaron en manos de condenados, procesados o investigados por la “ruta de la efedrina”.

El tribunal a cargo de Nicolás Toselli, Sabrina Namer y María Gabriela López Iñíguez había fijado una pena de 15 años pero a la vez la había reducido a 7 años al valorar los datos que aportó como “imputado colaborador”, que permitieron atrapar a uno de los intermediarios de la maniobra con los carteles mexicanos, Maximiliano Romero, alias “Fantasma”.

En 2020, los jueces Carlos Mahiques, Eduardo Riggi y Liliana Catucci confirmaron la sentencia de primera instancia al rechazar el recurso de casación interpuesto por los Carlos Broitman y Juan José Ribelli. Y ahora, la Corte Suprema, con la firma de todos sus integrantes, rechazó el recurso extraordinario. (Infobae)