En este marco, Diario Río Uruguay dialogó con el fiscal de la causa Germán Dri quien explicó que “la condena que recibe Libinsky es delito de Receptación u ocultación de bienes provenientes de los saqueos, que no es lo mismo que delito de Robo agravado, ya que está acusado de haber recibido elementos de los saqueos, es decir, un delito de encubrimiento”.
Al respecto, el fiscal destacó que “entiendo que es una condena razonable sobre todo porque Libinsky no posee antecedentes penales pero si se tuvo en cuenta la gravedad de los hechos, que dentro del marco que prevé esa figura es bastante elevado. Lo que le permite la condicionalidad es justamente por no poseer antecedentes, ya que el artículo 26 del Código Penal le permite acceder a esta condena, que aclaro para nada es un beneficio sino que es un modo de cumplimiento”.
Con respecto a la condena, Dri comentó que “Libinsky deberá cumplir con 120 horas de tareas comunitarias a favor del Estado en el cuerpo de Bomberos Voluntarios. Y podrá conservar su libertad siempre y cuando cumpla con las condiciones impuestas por el tribunal como el trabajo comunitario y desarrolle un buen comportamiento social sin incumplir con ninguna otra norma penal”.
Para concluir, el fiscal adelantó que “hay otras causas próximas a salir, pero aún falta el control por el Juez de Garantías para ver si se homologa el acuerdo y se dicta la sentencia”.