Fallo
Este lunes, según información enviada desde el municipio, el juez Garrera Allende emitió un fallo donde destaca que el objeto de una acción de amparo posee un trámite extraordinario y expedito.La circunstancia de que "las medidas como la que solicita el actor no aparecen destinadas a asegurar el cumplimiento de una eventual sentencia favorable sino que consisten en la satisfacción anticipada de la pretensión, lo que justifica juzgar su procedencia con criterio estricto", aclaró.
Consultada al respecto, la doctora María de los Angeles Petit - desde el área de Asuntos Estratégicos y a cargo actualmente de UDAAPA - explicó que “la causa está a cargo de los profesionales de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Municipio y la Asesora en Derecho Ambiental", pero el fallo "reafirma la posición que sostenemos en cuanto que es anticipado al resultado del impacto ambiental, que todavía está en estudio en la Subsecretaria de Ambiente de la Provincia, que son quienes así lo realizan, por lo que se convierte en abstracto”.
Según explicó la profesional, luego de emitido el dictamen, "los vecinos podrán participar de la audiencia pública y es ahí donde podrán explicar sus objeciones, luego de que puedan acceder al dictamen completo, si éste fuera afirmativo”.
Petit remató mencionando que el municipio local "sigue todos los pasos legales y continuando con el proceso para este caso de acciones judiciales concurrirá a la audiencia pero desde ya el rechazo de la medida cautelar sienta un antecedente jurídico importante".