El argentino, récord sudamericano en los 5.000 metros llanos, manifestó entonces que la sanción corresponde a un resultado adverso en un control, el cual había dado positivo en EPO. En el cierre del breve comunicado que publicó en sus redes sociales, el medallista dorado en los Juegos Sudamericanos de Asunción 2022 afirmó: “Nunca en mi vida he comprado, buscado, poseído, administrado o usado EPO o cualquier otra sustancia prohibida”. Puntualmente, Federico había tenido un dopaje positivo a eritropoyetina (EPO), una sustancia que permite concentrar más cantidad de masa globular roja, por lo que los músculos reciben más oxígeno, lo cual retrasa la aparición de la fatiga.
A más de un año de esa primera novedad provisional, la internacional AIU ahora confirmó que la sustancia encontrada, tanto en la muestra original como en la muestra B, fue EPO. Con ese diagnóstico definió la sanción definitiva para el deportista, quien quedará suspendido por 6 años, por lo tanto, recién podrá regresar a competir profesionalmente en el año 2007, teniendo en cuenta que está descalificado desde octubre del 2022.
La AIU depende de la World Athletics y fue creada “para proteger la integridad del deporte del Atletismo, incluido el cumplimiento de las obligaciones de World Athletics como SignatarioThe AIU has banned Federico Bruno (Argentina) for 6 years from 18 July 2023 for Presence of a Prohibited Substance (EPO). DQ results from 12 October 2022
— Athletics Integrity Unit (@aiu_athletics) September 11, 2024
Details here: https://t.co/wsOeAFXBvj
al Código Mundial Antidopaje”.
El documento sancionatorio, al que accedió Diario Río Uruguay, remarca que la pena consiste en “la descalificación de los resultados del Deportista desde el 12 de octubre de 2022, con todo lo resultante y consecuencias, incluida la pérdida de títulos, premios, medallas, puntos, premios y percibimiento de dinero”.