Es así que mediante el Decreto Nro. Nº 063/2020 y su anexo: Se dispuso el siguiente Protocolo de seguridad sanitaria de salidas de esparcimiento que llevará adelante la Municipalidad de Puerto Yeruá:
?? Para hacer uso de la salida de esparcimiento no se requerirá permiso de circulación. No obstante, los vecinos deberán salir con su Documento Nacional de Identidad.
?? Se contemplan las siguientes actividades: caminata y trote en un radio de 1000mts, hasta las 20 horas, un máximo de dos personas, o un adulto y hasta dos niños.
?? Duración máxima de la actividad: 1 (una) hora. Quien haga uso de esta excepción deberá optar por una zona cercana a su domicilio.
?? En las salidas excepcionales de esparcimiento no está permitido el uso de juegos infantiles y gimnasios.
?? Podrán hacer uso de esta salida las personas que no presenten enfermedades respiratorias o cardiovasculares y que no tengan afecciones tales como diabetes, ya que son la población con mayores riesgos en caso de contagio.
?? Traslado hacia los lugares de esparcimiento, No se podrá usar transporte público o vehicular. Sólo se podrá concurrir caminando con medidas de autoprotección.
?? Para estas salidas se recomienda el uso de cubre boca, nariz y mentón o barbijo casero.
?? Durante las salidas dispongan de alcohol en gel y pañuelos descartables o servilletas personales, para la higiene frecuente, como así también que se mantengan hidratados, utilizar botellas de agua.
El decreto también ratifica que “se debe continuar con el cierre de los Clubes deportivos, Gimnasios, talleres deportivos, en consonancia con las disposiciones establecidas en materia educativa por el Poder Ejecutivo Nacional y hasta el dictado de nuevas disposiciones”.