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Al respecto, desde la Comisión Directiva del Colegio de Abogados de Concordia, se refirieron a la retribución de su trabajo y reconocieron que “en un contexto altamente inflacionario se ve claramente afectada ponderando que los parámetros utilizados, tanto para la regulación de nuestros honorarios profesionales (unidad jurista) como para su actualización por mora (Tasa Activa Banco Nación Argentina), se encuentran ampliamente superados por los índices inflacionarios mensuales”.

En relación a esto, remarcaron que “el hecho de que el valor de la unidad jurista se encuentra claramente atrasado respecto a unidades de valor de otras jurisdicciones provinciales, y más aún con la unidad de valor del fuero Federal (UMA) donde se da la insólita situación que si iniciáramos una acción de características idénticas, como lo es una acción de amparo con el objeto de obtener el reconocimiento de una prestación de salud, la regulación de honorarios en el fuero Federal por un resultado favorable quintuplicaría en su monto a la dispuesta por los tribunales de nuestra provincia”.

A su vez, la aplicación de la Tasa Activa del Banco de la Nación Argentina, a los fines de la actualización de los honorarios profesionales en mora, genera un evidente desfasaje de los montos a percibir por el profesional pues, a modo de ejemplo, entre el periodo 02/22 al 02/23 trepó, aproximadamente, al 66%, es decir, muy por debajo de la inflación anual en dicho lapso, que alcanzó casi al 100% y, más aún, de los precios de los productos de la canasta esencial, que alcanzaron porcentuales significativamente mayores”.

“La existencia de una clara depreciación del valor de nuestras retribuciones que año a año afectan severamente la naturaleza alimentaria de dicho crédito y nos impide mantener actualizados los estipendios siendo esto una clara afectación a nuestros derechos”, apuntaron.

Sin embargo, a pesar de que “podamos considerar al crédito de honorarios como una deuda de valor, esa obligación se transforma en dineraria recién en la oportunidad de ser fijada judicialmente, por lo tanto, desde esa oportunidad deben ponderarse los intereses moratorios correspondientes”, consideraron.

“Por dicha razón desde este Colegio de la Abogacía, Seccional Concordia, solicitamos en forma urgente, tanto a las autoridades provinciales de nuestro Colegio, como a los Legisladores e integrantes del Poder Judicial, la búsqueda de soluciones, que remedien tamaña injusticia, ya sea con la aplicación de mecanismos de actualización relacionados con el aumento de los salarios de los Magistrados, o bien la aplicación de índices UMA, JUS PREVISIONALES o con un índice acorde a la realidad inflacionaria, como lo efectivizan algunos magistrados laboralistas de nuestra Provincia aplicando a los créditos del trabajador una vez y media la Tasa Activa Banco Nación Argentina, y/o índices de precios al consumidor que en forma justa mantengan la integridad y el poder adquisitivo de la remuneración del profesional del derecho, a la postre eslabón fundamental de la estructura del sistema jurídico de nuestro país”, manifestaron.