La ordenanza de Régimen Especial de Condonación de Obligaciones Fiscales o “moratoria fiscal” fue aprobada por unanimidad y entrará en vigencia a partir del 10 de mayo próximo. Según se informó, incluirá todos los tributos municipales.
En detalle
En diálogo con Diario Río Uruguay, el director de Rentas Municipal, contador Fernando Marsicano explicó que ese benficio comprende a deudores de distintos tributos, como por ejemplo: "Tasa Comercial, Tasa de Higiene, Cementerio, Contribución de Mejoras, Terminal de Ómnibus, Derechos de Inscripción, Derechos de construcción, Mercado Popular de Pulgas (alquiler), Abasto, Publicidad, Propaganda, Sanciones impuestas por el Juzgado de Faltas y Tasas por Servicios Sanitarios", abracando también a "las multas y accesorias".Además, comentó que esta moratoria "tendrá vigencia desde el 10 de mayo hasta el 28 de junio de 2024". Pero aclaró que el Ejecutivo Municipal podrá prorrogar la vigencia de la misma por el plazo de otros 30 días.
"Básicamente es una moratoria que trata de regularizar todo lo que es obligaciones fiscales con el municipio, en términos generales tiene una buena condonación por pago contado y después también facilidades de pago hasta en 12 cuotas", destacó el contador.
En ese contexto, aclaró que el beneficio "es para cualquier tipo de contribuyente", pero si el contribuyente "por ejemplo, está en inspección de Tasa Comercial, tiene un beneficio un poquito más reducido; lo mismo si se encuentra en proceso de apremio".
Por último, aclaró que abarca "todo lo vencido hasta el 30 de abril". Por lo que la recomendación es que "todo aquel interesado en aprovechar este beneficio, que se acerque a las oficinas de Rentas, a partir del 10 de mayo, en el horario de 7 a 12.30, que ahí lo vamos a estar asesorando y ayudando", remató.