Tras la denuncia en redes sociales, radios y la revista ANÁLISIS sobre las irregularidades en el Anexo Centro de Capacitación número 20 de la Escuela Secundaria para Jóvenes y Adultos (ESJA) número 41 “Dr. Guillermo Bugatti” de Concordia, la Seccional AGMER de esa localidad emitió un comunicado a través de su portal de Facebook y su página web.

El mismo inicia remarcando que “queremos expresar algunas consideraciones ante el tema puntual de la denuncias sobre las posibles irregularidades en la ESJA 41 “Guillermo Bugatti” y su Anexo CC20”, y se sostiene que “garantizar el derecho de los trabajadores, con sus deberes y obligaciones es menester de este sindicato, y hemos sido y somos fieles a ello, siempre siendo cautos para que los responsables asuman las consecuencias”.

Además aclara que “no nos sumamos al vertiginoso momento de hacer público todo. Nuestro trabajo es más silencioso y si quizás no está acorde con la ‘moda’ del hoy, pero permite a la larga la efectividad de cambios más sustanciales”, se aseguró. “Las condenas sociales pueden ser efectivas para la sanción también social, pero creemos firmemente que todos los trabajadores siempre fuimos respetuosos con la normativa, porque nos pone en igualdad de condiciones con los demás trabajadores de la educación. Es por ello que exigimos, bajo la norma vigente, la investigación necesaria para desarmar este momento que oscurece y debilita la mirada de la escuela pública y una vez que estén los elementos probatorios se aplique la normativa vigente para honrar y dignificar a la escuela pública en todos sus sentidos”.

Se acotó que desde el gremio se sostiene “la escuela pública con el cuerpo, y no hablamos de nosotros como referentes sindicales, sino como trabajadores de la educación y defensores de la escuela pública”, por lo cual “somos los que más tendríamos que exigir el esclarecimiento”.

Se agregó que “luego de varias averiguaciones y asesoramiento legal”, se presentó “una nota con fecha 18 de junio al director Departamental de Escuelas, Saúl Dri”. En la nota se expresó: “Poner en su conocimiento graves hechos conocidos por nuestra Asociación a través de las redes sociales que, de confirmarse, podrían configurar violaciones e irregularidades eventualmente cometidas en la designación, desempeño y posterior percepción de haberes de cargos…”.

Asimismo, se indicó que “la nota presentada no es de carácter informativo, sino a los fines de viabilizar esta petición”, en la que “se interesa que se brinde curso al procedimiento instituido por la Resolución 2274/11 del Consejo General de Educación (CGE), Decreto 2/70 SGG y, particularmente considerando las atribuciones y obligaciones instituidas por el artículo 235 y concs. del Código de Procedimiento Penal, este último en virtud de que existe la posibilidad que los hechos denunciados puedan configurar como delitos punidos por el Código Penal, además de constituir eventuales faltas graves administrativas”.

Por último, se solicitó que “se dé estricto cumplimiento a lo instituido en el art. 26 del Decreto 2/70 SGG, disponiéndose su inmediata elevación a la autoridad de nombramiento, brindándose información a los suscriptos sobre fecha de la elevación requerida, a la mayor brevedad posible”.

 

Normas mencionadas

 

El Artículo del Decreto 2/70 SGG, hace referencia a que “toda denuncia presentada en el modo y forma…, deberá inmediatamente elevarse por el funcionario que la reciba, siguiendo la vía jerárquica, a la autoridad de nombramiento”.

 

Además, el Artículo 235 del Código Procesal Penal (CPP) sostiene la obligación de denunciar: “Deben denunciar el conocimiento que tengan sobre un delito de acción pública, con excepción de los que requieren instancia o autorización para su persecución, y sin demora:

 

a) Los funcionarios y empleados públicos que en el ejercicio de sus funciones adquieran conocimiento de un delito, salvo que pese sobre ellos el deber de guardar secreto.

Fuente: Análisis Digital