Agrandar imagen Las causas iniciadas seguirán tramitándose en los juzgados iniciales.
Las causas iniciadas seguirán tramitándose en los juzgados iniciales.
A través de la Resolución 340/2023, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos dispuso detraer la competencia en materia de violencia de género dispuesta por Ley N° 10956 en las modalidades institucional (art. 35); contra la libertad reproductiva y obstétrica (art. 37); mediática (art. 38); en el espacio público (art. 39) y público- político (art. 40) de los Juzgados de Primera Instancia Multifuero de las localidades de Chajarí, Diamante, Federal, San José de Feliciano, Villa Paranacito, La Paz, Nogoyá, Rosario del Tala, Victoria y Villaguay y asignar, a partir del 1 de febrero de 2024, la competencia exclusiva en dicha materia a los Juzgados de Paz de las localidades mencionadas anteriormente.

Asimismo el Alto Cuerpo estableció que las causas iniciadas con anterioridad a la fecha establecida seguirán tramitándose en los juzgados que recibieron las denuncias.

El STJ también dispuso hacer saber a las y los integrantes de los Equipos Técnicos Interdisciplinarios (ETIS) de las jurisdicciones implicadas que deberán intervenir en las solicitudes requeridas por la magistratura de los Juzgados de Paz de Primera Categoría conforme lo establecido por el art. 230 de la Ley N° 10956.
Fuente: APF

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