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El plazo se extendió hasta el 21 de junio.
Ahora, la moratoria se extenderá hasta el 21 de junio. Desde ATER explicaron que la decisión se tomó a partir de la gran voluntad de cumplimiento registrada desde el inicio del programa, sumado a la capacidad colmada de atención registrada en las principales oficinas.

Fabian Galeano, director de Interior de ATER y responsable a cargo del operativo, comentó además que el nuevo plazo surge "debido a numerosos pedidos por parte de sectores profesionales y circunstancias relativas al cumplimiento por parte de los contribuyentes”.

Vale recordar que el régimen de normalización de deudas, establecido mediante los Decretos 4649/19 4653/19 M.E.H.F, se encuentra en vigencia desde el pasado 11 de marzo y permite la cancelación voluntaria de obligaciones de pequeños y grandes contribuyentes, otorgando hasta 36 cuotas e importantes reducciones de multas e intereses para los grupos de contribuyentes más pequeños.
Estar al día
Por otro lado, se recordó que entre los requisitos para adherir al beneficio, se encuentran, por un lado, el cumplimiento de obligaciones 2019 vigentes hasta la fecha de suscripción (incluyendo los deberes formales en lo referido a impuestos declarativos) y por otro, la adhesión al Domicilio Fiscal Electrónico de ATER.

En relación a los plazos para el pago de vencimientos 2019 y la presentación de declaraciones juradas para poder acceder, advirtieron que los mismos deberán realizarse con al menos 10 días de anticipación al nuevo cierre. Es decir, el contribuyente deberá dar cumplimiento hasta el 11 de junio.
Web
En referencia al dispositivo de atención, se ratificaron las modalidades de autogestión vías web y de atención presencial mediante la obtención de turnos (CITA PREVIA).

En este sentido se advirtió que los contribuyentes que hasta el pasado martes fueron reprogramados con turnos especiales debido a las diferentes circunstancias de cumplimiento de requisitos, desde este miércoles podrán optar por concurrir dentro del plazo acordado en la oficina o bien hacerlo mediante el sistema de atención por turnos (turnos web).

Finalmente, recordaron que se puede consultar detalles, beneficios, turnos de atención y videotutoriales para la autogestión en la web del organismo (www.ater.gob.ar), o comunicándose con Servicio de Atención al Contribuyente al 0810-888-2837 (ATER), de lunes a viernes, de 8 a 13 horas o vía mail a consultas@ater.gob.ar.