Si bien el actual decreto “rige hasta el 3 de mayo, eso es provisorio porque dependerá de los contagios y del nivel de ocupación del sistema sanitario”, puntualizó.
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En cuanto a cómo manejan las restricciones los gobiernos locales, Rodríguez Signes detalló que luego de los “primeros decretos nacionales, que establecían modalidades de DISPO o ASPO”, se pasó “este año con medidas focalizadas en departamentos o localidades, donde se delega a los municipios el poder regular los horarios, en pos de cada situación”.Actualmente, “el gobernador Bordet ha delegado a los municipios la posibilidad de establecer medidas más restrictivas, cuando sus situaciones lo ameriten”, mencionó.
Causas penales
Por último, el fiscal de Estado habló sobre los operativos policiales y las notificaciones judiciales que se realizan en el marco de la pandemia por la realización de fiestas clandestinas, reuniones sociales multitudinarias u otra irregularidad similar.“La sanción responde a la infracción del artículo 205 del Código Penal y la competencia – en el caso de una pandemia – es de los Juzgados Federales”, explicó. Subrayando que “se están produciendo una acumulación de actas de infracción y ahí tiene que actuar el foro federal”.
Con esas actas “se abren procesos penales, que no son de resolución inmediata por lo que no esperemos sanciones inmediatas; de lo que se trata es que la gente tenga conciencia de lo que está pasando”, expresó.
En ese sentido, remató con “que no le extrañe a un infractor, que dentro de un tiempo reciba un llamado a indagatoria porque queda relacionado a una causa”.