Agrandar imagen Rodríguez Signes detalló los alcances de las nuevas restricciones.
Rodríguez Signes detalló los alcances de las nuevas restricciones.
En diálogo con Diario Río Uruguay, el funcionario comentó que todo se produjo luego de los reportes del “Comité de Emergencia, ya que se incrementó dramáticamente la tasa de contagio” en suelo provincial.

Si bien el actual decreto “rige hasta el 3 de mayo, eso es provisorio porque dependerá de los contagios y del nivel de ocupación del sistema sanitario”, puntualizó.
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En cuanto a cómo manejan las restricciones los gobiernos locales, Rodríguez Signes detalló que luego de los “primeros decretos nacionales, que establecían modalidades de DISPO o ASPO”, se pasó “este año con medidas focalizadas en departamentos o localidades, donde se delega a los municipios el poder regular los horarios, en pos de cada situación”.

Actualmente, “el gobernador Bordet ha delegado a los municipios la posibilidad de establecer medidas más restrictivas, cuando sus situaciones lo ameriten”, mencionó.
Causas penales
Por último, el fiscal de Estado habló sobre los operativos policiales y las notificaciones judiciales que se realizan en el marco de la pandemia por la realización de fiestas clandestinas, reuniones sociales multitudinarias u otra irregularidad similar.

“La sanción responde a la infracción del artículo 205 del Código Penal y la competencia – en el caso de una pandemia – es de los Juzgados Federales”, explicó. Subrayando que “se están produciendo una acumulación de actas de infracción y ahí tiene que actuar el foro federal”.

Con esas actas “se abren procesos penales, que no son de resolución inmediata por lo que no esperemos sanciones inmediatas; de lo que se trata es que la gente tenga conciencia de lo que está pasando”, expresó.

En ese sentido, remató con “que no le extrañe a un infractor, que dentro de un tiempo reciba un llamado a indagatoria porque queda relacionado a una causa”.

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