El caso se inició a partir de una presentación de Fundación Cauce, que intervino de una información dada a conocer por ERA Verde donde se dio cuenta de las audiencias públicas programadas para la instalación de dos nuevas plantas de extracción y lavado de arenas silíceas en el distrito entrerriano de Ceibas por parte de la empresa Orosmayo SA.
La medida dada a conocer hoy se estableció en el marco del legajo “Fundación Cauce: Cultura Ambiental-Causa Ecologista y otro c/Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y otros s/ Acción de amparo (ambiental)”. El expediente se inició en enero pasado, a partir de una presentación de la Fundación Cauce: Cultura Ambiental – Causa Ecologista. La organización ecologista solicitó una medida cautelar que ordene a las autoridades públicas provinciales que se abstengan de habilitar nuevas canteras en la zona de extracción de arenas silíceas en el territorio provincial. El pedido fue acogido favorablemente el 30 de enero por el juez de Feria en turno, Hugo González Elias, quien ordenó suspender toda tramitación administrativa que tenga por finalidad obtener una autorización de emprendimientos de canteras y/o plantas de lavado de arenas silíceas en el Delta entrerriano, al hacer lugar a la medida de prohibición de innovar solicitada por Cauce.
Como se recordará, el escrito de la ONG fue presentado a partir de la noticia publicada por ERA Verde el 11 de enero, en donde se informaba sobre la realización de audiencias públicas en la escuela secundaria Anselmo Sáenz Valiente de Médanos, el departamento de Islas del Ibicuy. Tal como se dio a conocer a través de una publicación en un medio local, la firma Minera Orosmayo SA planea instalar dos canteras y planta de lavado entre los kilómetros 181 y 183 de la ruta nacional Nº12, distrito Ceibas. La entidad dijo que de ser efectivo este trámite se estaría “vulnerando de manera flagrante los principios de prevención y precaución”, atento se encuentra vigente un fallo del STJ que ordena “realizar un Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo –con amplia participación ciudadana–, con el objeto de precisar los efectos que tiene sobre el ambiente la actividad de extracción de arenas silíceas”, se apuntó desde la organización socio ambiental.
Es así que la justicia en Feria ordenó al Estado provincial suspender toda tramitación administrativa que tenga por finalidad obtener una autorización de emprendimientos de canteras y/o plantas de lavado de arenas silíceas en el Delta entrerriano. El alcance de la cautelar, se deberá observar, también incluyó a la Municipalidad de Ibicuy, que tampoco podrá extender certificados de aptitud ambiental que autoricen el funcionamiento de más canteras, se indicó oficialmente.
La resolución del juez González Elias ratificada hoy por el STJ, señaló asimismo que “corresponde hacer lugar a la medida de no innovar disponiendo que el Estado provincial cumpla con la medida judicial dispuesta en esta causa, aclarando que ella comprende como ‘zona afectada’ al Delta entrerriano y no limitando los efectos exclusivamente al Departamento Islas del Ibicuy”.