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De acuerdo con lo que pudo saber Diario Río Uruguay, la condena parte de una sentencia del pasado 21 de diciembre, que se dio “en el marco de un recurso de Amparo de un hombre de Rosario del Tala reclamando la cobertura por parte de la obra social del tratamiento y provisión del producto”.

Anteriormente, el 12 de marzo del 2021, “la Jueza de Garantías de Rosario del Tala, Silvina G. Cabrera, hizo lugar a la acción de amparo de un hombre en representación de su hijo menor de edad, contra el Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos, condenándolo a brindar la cobertura inmediata total, gratuita e integral del medicamento OSPOLOT (Sultiame 200 mg) y del tratamiento compasivo con aceite de cannabis medicinal, que se comercializa con el nombre de Aphiria RIDEAU CBD 25:1”.

Asimismo, el pasado 10 de abril del 2021, el STJ resolvió “por mayoría hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la Obra Social contra esa sentencia y se revocó en cuanto hizo lugar a la cobertura del tratamiento compasivo con aceite de cannabis medicinal y se confirmó la condena impuesta en lo atinente a la cobertura integral del medicamento Ospolot”.

De esta manera, la Corte Suprema de Justicia condenó al IOSPER a cubrir el 100% del costo del aceite de cannabis cuyo nombre comercial es Aphiria CBD (RIDEAU), conforme a la prescripción médica en cada caso y en los términos del decreto 883/2020.