La aclaración surge por el nuevo Decreto 70/2023 publicado en las últimas horas en el Boletín Oficial, que forma parte de las 366 desregulaciones anunciadas por Javier Milei a través de una cadena nacional.
“Se refiere a la modificación del Decreto/Ley 6582/1958 del Registro de Propiedad Automotor y no a la Ley Nacional de Tránsito (24.449), normativa vigente en la cual figura la obligatoriedad de ambos requisitos”, indicaron desde el organismo.
Documentación y elementos requeridos para viajar
-Documento Nacional de Identidad (DNI).-Licencia Nacional de Conducir.
-Cédula verde o azul.
-Comprobante de seguro en vigencia.
-Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo.
-Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).
-Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
-Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.