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Dicha medida se instaura en la ciudad de Chajarí, la cual establece que a partir del pasado lunes 20 de abril, “el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón para las personas que permanezcan o circulen en los servicios de transporte de pasajeros por automotor y ferroviario”; incorporando estas medidas también a la actividad de remises de dicha localidad.

Asimismo, se tiene en cuenta en los considerando del Decreto “que debido al contexto actual planteado por la emergencia sanitaria por el virus COVID-19 que dio inicio al aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Decreto PEN N° 297/2020, se evalúan diariamente medidas de prevención a fin de evitar el contagio”.

Y agregaron que ese marco, “se establecieron medidas de distanciamiento social en el uso del transporte público”.