El texto fue elaborado por un equipo de profesionales y enriquecido con las consideraciones de los jueces de Familia y Penal de Menores y del Consejo Provincial de la Niñez, Adolescencia y la Familia (Copnaf), se informó.

Fue elaborado por un equipo de profesionales de distintas disciplinas que trabajan en la temática desde hace largo tiempo, coordinado por el Defensor Oficial, Pablo Barbirotto y la vocal de la Cámara de Casación Penal, Marcela Davite. Por disposición del Alto Cuerpo, en el Acuerdo 34/14, se dispuso dar a conocer el contenido de la iniciativa a los jueces de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de toda la Provincia, como así también al Copnaf y a la Comisión de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, a fin de recabar sugerencias y opiniones. 

El nuevo ordenamiento asegura a las personas menores de 18 años la plena vigencia en Entre Ríos de un proceso penal acusatorio conforme lo establece la Constitución Nacional y Provincial, definiendo claramente los roles procesales del Juez, Ministerio Público Fiscal y de la Defensa.

El anteproyecto parte de la distinción clara entre el proceso penal y las medidas de protección de derechos. Prohíbe expresamente la adopción de medidas de protección de derechos en el ámbito del proceso penal, las que en su caso, deberán ser encuadradas conforme las disposiciones de la normativa específica de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes (leyes Nº 26.061 y 9.861). Se busca abandonar el paradigma tutelar, regulando un procedimiento penal de responsabilidad por el hecho y no por la personalidad, peligrosidad, pobreza o supuesta vulnerabilidad del presunto autor.

Entre las reformas más importantes que propone el Anteproyecto se encuentra la Procesabilidad de los niños y niñas de 14 y 15 años (menores no punibles), que significa la posibilidad de que un adolescente de esa franja etaria tenga derecho a un proceso penal con todas las garantías, pero sólo limitado a la declaración de autoría respecto de determinados hechos delictivos (homicidio, lesiones graves o gravísimas, abuso sexual, delitos con armas), sin aplicación de medidas de coerción ni pena.

“Esto es novedoso porque no está en ninguna legislación provincial ni de la región”, explicó Barbirotto, quien aclaró que la comisión de discusión y redacción recibió observaciones al respecto de la intervención del proceso penal con menores de 14 o 15 años que son no punibles. “Estamos de acuerdo en que no son punibles, pero son procesables” indicó el Defensor Oficial.

Otra arista importante de la ley que se propugna es el respeto del principio de especialidad, es decir, la aplicación del proceso por órganos judiciales con competencia específica para delitos cometidos por menores de 18 años, capacitados especialmente, como así también, con intervención de autoridades administrativas y establecimientos de ejecución de las penas diferenciados de los destinados a la población mayor de edad. Con una norma como la propuesta Entre Ríos pasaría a contar con un microsistema procesal para menores que regiría plenamente sin contradecir convenciones internacionales, ni el nuevo sistema penal acusatorio que rige en todo el territorio provincial, colocándose así, a la vanguardia a nivel nacional. 

Fuente: Análisis Digital