La resolución del Poder Judicial establece como medida cautelar que: se abstenga a la madre del niño (Víctima de violencia intrafamiliar) a continuar conviviendo con su grupo familiar. Disponiendo la exclusión del hogar y restringiéndose el derecho a cumplir sus deberes en su rol de madre natural. Previéndosele el acercamiento de la misma tanto a su esposo, como de sus demás hijos menores, hasta que cumpla efectivamente un tratamiento médico psiquiatra y psicológico, que le ayude a remediar la situación dada y por el tiempo que dure su recuperación.

En diálogo con Diario Río Uruguay, el coordinador en Concordia del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (COPNAF), Fernando Rouger agregó que “en caso de que no se cumpla, la pena será aún más grave ya que ahí estaría desobedeciendo a una disposición judicial. Quedando detenida de inmediato. Aunque estuvimos haciendo un seguimiento y esto se está cumpliendo”.

Al tiempo que Rouger continuó relatando que “lo que respecta al tratamiento psicológico esta pedido, pero el tema es que legalmente no se la puede obligar, porque está prohibido obligarla”.

Para finalizar, el coordinador en Concordia del COPNAF confirmó que “el chico aseguró en la cámara gesell que su madre le pegaba y fue muy claro, por lo que la prueba es contundente. Mientras que de acuerdo al protocolo también a los hermanitos se les preguntó en cámara gesell, pero ellos no presentaron síntomas de nada”.