La decisión del STJ, conformado casi en su totalidad por conjueces, fue tomada por una amplia mayoría. Votaron por el rechazo al amparo Fabiola Bogado Ibarra; Guillermo Federik; Emilo Matorras y María Gabriela López Arango. La postura de Goyeneche sólo fue avalada por Bernaudo Salduna, único integrante original del Superior.
La Procuradora adjunta había esgrimido que el corrimiento del Ministerio Público Fiscal de su función acusatoria y su reemplazo por un fiscal ad hoc era violatoria del debido proceso. El Jurado de Enjuiciamiento había tomado este camino debido a la posibilidad cierta de que los fiscales pierdan objetividad siendo que la acusada era su superior jerárquica. Goyeneche ocupa el segundo escalón del MPF, un organismo de estructura vertical
El voto mayoritario se sustanció en dos ejes. El primero fue formal: las decisiones del Jurado de Enjuiciamiento no pueden ser recurridas por vía del amparo; para ello citaron doctrina y jurisprudencia. El segundo fue material: Federik hizo un racconto de las acciones públicas que realizaron los demás integrantes del Ministerio Fiscal, desde expresiones en medios a noticias en sitios webs, para confirmar que el temor a la pérdida de objetividad era real.
Con esta decisión del Alto Cuerpo, el Jurado de Enjuiciamiento no tiene más trabas legales ni procedimentales para avanzar con su veredicto, que deberá conocerse antes del 2 de junio.