
Para esto, deberán acceder al formulario online o completar la declaración jurada en formato papel, enviándola a la Dirección de Agricultura.
Cabe destacar que las declaraciones juradas deben estar conformadas por un profesional de ciencias agropecuarias y certificados por una entidad pública o privada representativa o vinculada al sector afectado.
En cuanto a los beneficios, se aclara que los mismos son de índole impositivos, eximiéndose principalmente el pago de los anticipos del Impuesto Inmobiliario Rural y Sub-Rural.
El porcentaje de la exención será el equivalente al porcentaje de pérdida declarado en el certificado de emergencia que en cada caso se otorgue a los productores damnificados.