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La iniciativa fue escrita por la diputada Gabriela Lena.
Esta semana se presentó en la Cámara de Diputados un proyecto de ley sobre centros culturales y registro de su uso. La iniciativa fue escrita por la diputada Gabriela Lena, que integra la Comisión de Cultura y Turismo y el número de legajo es el 27157.

En primer lugar el proyecto define a un centro cultural como un espacio multifuncional donde se pueden hacer eventos artísticos como espectáculos, festivales, exposiciones, talleres, clases y más. No puede ser principalmente un lugar de baile.

En segundo lugar, la iniciativa clasifica a estos espacios según la cantidad de personas que pueden albergar:

-Clase A1: Hasta 150 personas.

-Clase B2: De 151 a 300 personas (máximo 500 m²).

-Clase C3: De 301 a 500 personas (máximo 1000 m²).

-Clase D4: Más de 501 personas (más de 1000 m²).
Inscripción y habilitación
Los centros culturales deberán inscribirse en el "Registro de Usos Culturales" de la Secretaría de Cultura de la Provincia y pueden registrarse personas físicas, cooperativas, asociaciones civiles, mutuales o sociedades, incluso si están en trámite de constituirse.

Los espacios podrán funcionar mientras tramitan su habilitación, pero no pueden tener más de 150 personas y deben seguir las reglas de la ley. Es necesario estar inscritos en el registro.

Además podrán tener actividades complementarias como café, bar, restaurante, estudio de grabación y galerías de arte, cumpliendo con las normas vigentes. Se permitirá ciertos usos sin habilitación adicional, como la venta de libros y discos, galerías de arte, y bibliotecas, siempre que no ocupen más del 30% del espacio total. También podrán ofrecer alimentos y bebidas, cumpliendo con las normas vigentes.

Los centros culturales deberán ser accesibles para todos y cualquier instalación adicional, como calefacción o aire acondicionado, deberá seguir las normas vigentes.

Cabe destacar que esta norma propone que los centros culturales en la provincia tendrán exenciones impositivas y reducciones tarifarias. La Secretaría de Cultura se encargará de esto.

Por otra parte, los sistemas de luces y sonido deben manejarse desde una cabina segura en los centros más grandes (Clase B2, C3 y D4). En los más pequeños (Clase A1), pueden estar en cualquier lugar.

Además, los espacios deberán tener un botiquín de primeros auxilios.

Los centros culturales deberán presentar un informe de actividades cada seis meses a la Secretaría de Cultura de la Provincia y se dará un plazo de dos años desde la promulgación de esta ley para que los centros se adecuen a las nuevas normas.
Fuente: APF

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