En el texto se lee que la decisión se vincula "al desarrollo de la paritaria docente, y en particular las referidas a las condiciones económicas de prestación laboral que se circunscriben a un marco legal de consenso previsto por la Ley Nº 9.624 (de paritaria docente) y por las normas presupuestarias vigentes, garantizando el servicio educativo en todos los niveles en pos de los derechos de los educandos".
Es por ello que "el Consejo General de Educación, recuerda la vigencia de la Resolución N° 722/18 CGE, que establece que todos los docentes adheridos a las medidas de fuerza dispuestas por las asociaciones gremiales, se les abone el haber por los días efectivamente trabajados". Por otra parte, "y dado las actuales medidas gremiales adoptadas se les recuerda a los equipos directivos las funciones inherentes a su cargo conforme Resolución 1297/22 CGE. como también la vigencia de las resoluciones 300/97 y 442/92 que establecen su responsabilidad como Funcionario Público de a) controlar y asegurar la apertura y cierre del Establecimiento bajo su dirección, garantizando la libertad de trabajo y el derecho a recibir educación por parte de los alumnos y asistentes a la escuela toda".
Además, se les exige a los directivos el "asegurar la prestación del servicio, ingreso y permanencia de los docentes que concurren a cumplir sus funciones, como también del personal administrativo auxiliar".