- Delitos de incumplimiento de deberes de asistencia familiar (Alimentos) y régimen de visitas, (20%)
- Robo y hurtos (20%)
- Lesiones y Amenazas (35%)
- Defraudaciones (5%)
- Otros (5%)
Pandemia
Como se informara oportunamente, considerando las restricciones por la declaración de Pandemia-COVID 19, desde el área se dispuso la realización de audiencias por canales electrónicos mediante audiencias vía telefónica o Zoom y otras plataformas virtuales.A partir de las estadísticas se ha observado que durante el año 2020 hubo un incremento de la conflictividad barrial y familiar, la cual ha sido atendida a través de las herramientas tecnológicas disponibles, efectuando una intervención diferente y directa por las mediadoras o mediadores penales.
Soluciones alternativas
Desde la OMA se difundió que la experiencia de realizar entrevistas vía telefónica resultó de suma utilidad, al darle mayor participación a la víctima del delito en la solución del conflicto, propiciando soluciones que satisfacían los intereses producto del daño sufrido. En este caso la solución “ya no pasa por una jueza o un juez sino que es la propia interesada o propio interesado, en proponer soluciones según las características del delito sufrido”, se valoró.Cabe señalar que el proceso de mediación penal es un proceso informal y la comunicación puede realizarse a través de cualquier medio tecnológico, con horarios flexibles, observándose en la mayoría de los casos un entendimiento y respeto de los participantes de buscar nuevas herramientas de solución de conflictos.
Una vez recepcionada la denuncia penal, el Ministerio Público Fiscal deriva el legajo a las Oficinas de Mediación Penal de la Provincia y el abordaje debe ser realizado en forma inmediata.