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Enersa informa que los usuarios alcanzados por el Decreto N° 3460/21 que posean facturas vencidas durante la pandemia, tendrán tiempo hasta el 30 de abril para acceder a la modalidad de pago de hasta 60 cuotas. La medida también se aplica a quienes no estén contemplados en dicho decreto, para los cuales la empresa ha previsto un sistema de financiación acorde a su capacidad de pago.

Esta modalidad de convenio es de carácter excepcional, y su vigencia finalizará en la fecha antes mencionada. Quienes no regularicen su situación, estarán en condiciones de suspensión de suministro a partir del mes de mayo, con la metodología y habitualidad con que Enersa lo hacía antes de la pandemia.
Usuarios incluidos en el decreto
¿Qué usuarios pueden acceder a esta modalidad?

Los usuarios residenciales y no residenciales comprendidos en esta disposición. Para conocer el listado de condiciones que deben reunir, ingresar a www.enersa.com.ar y hacer click en “Convenios de Pago”.

¿Cuáles son las facturas vencidas que se pueden financiar con este plan especial?

Aquellas cuyo vencimiento se hayan producido entre el 1° de marzo y el 31 de diciembre de 2020.

¿Cuántas son las cuotas y cuál es la tasa que se aplica a la financiación?

Los usuarios pueden acceder a planes de pago de hasta 60 cuotas. Se aplica la tasa vigente del Banco Nación al momento de efectivizarse el convenio de pago, con una bonificación del 50%.
Usuarios no incluidos en el decreto
¿Qué ocurre con los usuarios que no están dentro de ese listado o tienen facturas adeudadas con plazos posteriores a ese período?

Para estos usuarios, Enersa también ha dispuesto planes que se analizan de manera personalizada, de acuerdo a la capacidad de pago de cada usuario. En estos casos, Enersa ya ha comenzado con el envío del aviso de suspensión correspondiente.

¿Cuál es el canal disponible para solicitar el convenio? Por mail: a través de tramitescomerciales@enersa.com.ar

En el asunto, escribir “Convenio de Pago”, la localidad desde donde lo solicita y el número de ID que figura en el extremo superior derecho de su factura.

En el mensaje, indicar: Nombre y apellido, DNI y un teléfono de contacto.

Enersa responderá aclarando la situación y los requisitos necesarios para el convenio.

Horario de atención en oficinas comerciales: días hábiles, de 08:00 a 14:00.

Cabe recordar que la sanción de dicho decreto obedeció a un esfuerzo realizado por el Gobierno de Entre Ríos, a través de Enersa, atento a las dificultades económicas que se produjeron como consecuencia de la pandemia. Asimismo, desde fines de marzo de 2020, la empresa de energía eléctrica estatal no ha suspendido el suministro a sus usuarios residenciales. Por ello, necesita poder revertir esta situación para seguir brindando un servicio eléctrico de calidad.