En este contexto, el Ministerio de Salud de la provincia, a través del Programa Entre Ríos Libre de Humo de Tabaco dependiente de la Coordinación de Enfermedades Crónicas No Transmisibles, comenzó una serie de encuentros de sensibilización los organismos responsables de la implementación y cumplimiento de esta nueva norma que reafirma el compromiso de la prevención del consumo y la exposición al humo del tabaco en el territorio entrerriano. Puntualmente se comenzó a coordinar acciones con los municipios que serán los encargados de garantizar los ambientes libres de humo.
Cabe destacar que en Argentina el 25 por ciento de las muertes están relacionadas a esta adicción, y en Entre Ríos, cuatro de las diez principales causas de muerte están vinculadas con esta problemática. Además, se observa un creciente uso de los cigarrillos electrónicos, que están prohibidos por ANMAT, pero igualmente se compran por internet. El consumo actual entre adolescentes es del 7,1 por ciento y son nocivos para la salud por contener nicotina y saborizantes que se inhalan y por eliminar aerosol y no vapor como se promociona.
Actualizaciones
La Ley Provincial N° 9.862 de 2008 prohibió fumar en todos los ambientes cerrados, pero excluía a las salas de juegos de azar concesionadas por el Estado o empresas privadas. Las mismas contaban con sectores destinados para fumadores, que continuaron vigentes hasta antes del comienzo de la Pandemia.Los casinos cerraron durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio por el COVID-19 en marzo de 2020, y dada la obligatoriedad de los barbijos al retomarse las actividades ya no se permite fumar. A partir de la adhesión a la Ley Antitabaco Nacional la prohibición de consumir cigarrillos en espacios cerrados será definitiva.
La norma exceptúa además a los centros de Salud Mental con internación y a los institutos penales y penitenciarios, para promover ambientes libres de humo en estos establecimientos se coordinarán acciones de sensibilización con las áreas respectivas.
Nuevas Exigencias a los Productos de Tabaco
También debe mencionarse que la cartera sanitaria nacional, a través de la Resolución 143/2022, dispuso nuevas restricciones a la publicidad engañosa de la industria del tabaco. Mediante las “Normas para la Divulgación de Información al Público Acerca de los Ingredientes de Productos de Tabaco” se prohíbe la “mención a ingredientes y aditivos, como saborizantes, aromatizantes o cualquier otro tipo de ingrediente” que pretenda hacer al producto más atractivo, en pos de resguardar especialmente a niños, niñas y adolescentes.En este sentido, prohíbe además la publicidad y promoción de ingredientes que se asocian con conceptos como fuerza, energía, o efectos sensoriales o se vinculen con consumos culturales como la danza, los juegos, la música u otros.
Las nuevas exigencias planteadas en la resolución deberán estar reflejadas en las etiquetas de las cajetillas y en la publicidad de los productos de tabaco.