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De acuerdo a la información a la que pudo acceder Diario Río Uruguay, el intendente de Federación, Ricardo Bravo firmó el Decreto N° 394 mediante el cual deja establecido en su primer artículo que “en el ámbito de la ciudad de Federación, el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón será para ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público y en general en espacios públicos en los cuales concurran dos o más personas y mientras permanezcan más de dos personas”.

Al tiempo que aclaran que dicha normativa “no exime del cumplimento de las restricciones impuestas por el Decreto de Necesidad y Urgencias 297/20 y sus prorrogas”.

El uso obligatorio de tapabocas comenzó en la ciudad de Federación a regir a partir de las 0 horas del pasado miércoles 15 de abril y el “incumplimiento de las obligaciones que se establecen hacen pasible al infractor de la sanción prevista en el artículo 15 del Código Municipal de Faltas”, remarcaron.

Mientas que por otra parte, dejaron en claro que lo que se exigirá es el uso de barbijos o tapabocas casero, no quirúrgicos, ya que estos últimos están reservado al uso puro y exclusivo del personal de salud.