Al tiempo que se hace especial énfasis en que debe ser barbijos, tapabocas, mascarillas o mascara facial de fabricación casera, no estará autorizado el uso del barbijo quirúrgico el cual es exclusivo para el personal de salud.
Dicha obligatoriedad abarcará a todas las personas que circule en la vía pública de dicha ciudad, ya sea con desplazamientos mínimos o que se encuentre efectuando las actividades exceptuadas o consideradas como esenciales por las normativas vigentes.
Cabe remarcar que dicho Decreto establece que habrá multas para quienes incumplan con la norma.