En ese sentido, la ONG concordiense detalló que "la polémica Resolución Nº 0888 de la Dirección de Recursos Naturales habilitó hasta el 27 de agosto la matanza de Sirirí Pampa, Pato Picazo, Sirirí Colorado, Pato Barcino, Inambú Común y Liebre en cotos de caza, y recibió una lluvia de críticas y repudios desde distintos sectores de la sociedad, principalmente desde numerosas organizaciones socioambientales de relevancia nacional".
A su vez, para las ONG que solicitaron el amparo, la medida se basa en "estudios sesgados que fueron solicitados por un organismo con evidentes intereses en el tema como es la Cámara Argentina de Turismo Cinegético y Conservacionismo (CATCyC), principal promotora de la caza en el país".
Además, argumentan, "sigue permitiendo el uso de perdigones de plomo, material altamente tóxico y probablemente carcinogénico (que produce cáncer), según lo indican numerosos estudios científicos".
En ese marco, puntualizaron que "la audiencia de conciliación tendrá lugar el viernes, en el Palacio de Tribunales de la ciudad de Paraná".
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Por su parte, el Superior Tribunal de Justicia detalló que el vocal de la Cámara en lo Contencioso Administrativo N°1 de Paraná, Marcelo Baridón, dispuso dar curso al trámite de acción de amparo ambiental colectivo caratulado “Centro para el Estudio y Defensa de las Aves Silvestres (CEYDAS) y otros C/Estado provincial”.En ese contexto, reportó que en el juicio, el Centro para el Estudio y Defensa de las Aves Silvestres (CEYDAS), Ayuda Animal y Ecoguay Gualeguay pretenden, fundamentalmente, "la declaración de sujetos de derechos a los animales y la inconstitucionalidad de la Resolución Nº 888/23 que habilitó la temporada 2023 de caza menor".
En efecto, se agregó, "las organizaciones no gubernamentales ambientalistas entienden que la habilitación de la caza menor afecta el derecho colectivo a un ambiente sano y a la biodiversidad biológica de la población entrerriana".
Por su parte, cita el máximo órgano de Justicia "el demandado, Estado de la Provincia de Entre Ríos, defiende la constitucionalidad de la apertura de la temporada 2023 de caza menor, y explica que la habilitación se efectuó previo a valorar por sus organismos técnicos ambientales numerosos estudios poblacionales de las aves (cuya caza permitió), los que concluyeron en que la caza habilitada y limitada en tiempo, especies, lugares y cantidad por cazador no afecta el ecosistema ni la biodiversidad y resulta compatible con los derechos de incidencia colectiva de los habitantes de Entre Ríos".
En consecuencia, la Provincia "entiende que no hay motivo para anular la Resolución Nº 888/23 ni para la declaración de sujetos de derechos a los animales".