Es decir, asociaciones civiles, artísticas, educativas, religiosas y deportivas, mutuales y cooperativas.
La gestión será únicamente digital.
En este sentido, señalaron que el pedido de renovación -como así de otorgamiento por primera vez- se deberá realizar únicamente vía web mediante los servicios de ATER con clave fiscal. En caso de no realizar la renovación antes del vencimiento del plazo, a partir de enero serán sujetos de retención y deberán presentar declaraciones juradas.
Para más información, se invita a los contribuyentes, profesionales y asesores impositivos a visitar nuestra Guía de Trámites en ater.gob.ar o comunicarse de forma gratuita a través de la línea del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC), llamando al 0810-888-2837 de lunes a viernes de 8 a 13.