Según pudo corroborar Diario Río Uruguay, el sargento indicó que estuvo apenas un rato en la jefatura “y me fui porque me llamaron desde mi casa porque había gente que quería entrar”. A ello sumó que estuvo cerca de 40 minutos en el edificio policial, pero luego en los videos se lo ve alrededor de las 2 de la mañana dentro de la Jefatura.
La serie de contradicciones de Ojeda hicieron que la fiscalía pidiera la detención por falso testimonio, solicitud que fue evaluada por el tribunal compuesto por los jueces Jorge Barbagellatta, Silvina Gallo y Darío Perroud. Fueron estos quienes dieron la orden de que permaneciera en la sala de audiencias y que luego de un breve cuarto intermedio se definiría la situación.
Tras retomar la audiencia, Barbagellatta puntualizó que el tribunal observó un evidente falso testimonio por parte de Ojeda. Agregaron que no se trataba de una contradicción con respecto a otro testigo, “sino que el testigo dijo que no estuvo y que no escuchó y a los minutos se lo ve en las imágenes dentro de la Jefatura junto con algunos imputados”. Fue así que se ordenó la inmediata detención del sargento y el traslado a la alcaidía.
Vale subrayar que la ley 9.754 del código procesal penal de Entre Ríos fija en su artículo artículo 445 el delito de falso testimonio que habilita a aplicar el artículo 425, y que señala que si “se cometiere un delito, el Presidente ordenará levantar un acta y la inmediata detención del presunto culpable; éste será puesto a disposición de la fiscalía competente, a la que se remitirán las copias y los antecedentes necesarios para su investigación”.