En los casos de homicidios en accidentes de tránsito, se los caratula como culposos cuando hubo una tragedia irreparable por el uso de un vehículo con impericia, negligencia y/o imprudencia, por parte de la persona que conducía.
El Artículo 84 del mencionado Código Penal establece que, siempre y cuando se encuentre culpable a la persona acusada, la misma puede ser condenada con prisión de uno a cinco años. Además de una inhabilitación especial, que puede ir de los cinco (5) a diez (10) años.
Uno de los aspectos que será determinante dentro de las pericias solicitadas en la causa, es conocer la velocidad a la que circulaba la joven al mando del vehículo, cuando se dio el impacto contra el rodado de menor porte.
Conductora
Por otro lado, de acuerdo a lo que figura en las actuaciones, la conductora del automóvil fue identificada como Brenda Guardia, de 25 años de edad. Esta joven iba al mando del Volkswagen Gol Trend que atropelló la moto en la que -en la misma dirección- circulaban el conductor (que aún sigue internado en el Masvernat) y su esposa Liliana Bocanegra (de 63 años), que lamentablemente murió en el lugar del choque.
La conductora del automóvil, que ya designó abogado particular para que la represente en esta causa, anteriormente había tenido una resonante exposición pública, aunque por una causa judicial distinta, ya que -en junio del año pasado- fue la primera que denunció por lesiones en contexto de violencia de género al ex Director del Parque San Carlos, Maximiliano Benedetto.