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Casa de Goberno en la capital de la provincia
De acuerdo a lo que se subraya en un artículo remitido a Diario Río Uruguay, “se trata de una reglamentación en el marco de la Ley Provincial de Empleo Público N° 9755”.

Según se señala, el mencionado decreto “reglamenta la figura del personal de gabinete transitorio, prevista en la Ley Provincial de Empleo Público N° 9755, con el objetivo de ordenar y regular las designaciones de quienes asisten directamente a los funcionarios políticos en la gestión y que dejan su cargo cuando el funcionario cesa en sus funciones, evitando así engrosar el tamaño del Estado a través de los sucesivos gobiernos, como hicieron durante las administraciones anteriores”.
Respuesta a legisladores de oposición
Seguidamente se afirma que “algunos legisladores de la oposición han intentado instalar la falsa idea de que este decreto habilita sobresueldos para los funcionarios. Esto es absolutamente falso. Se trata de una regulación clara y transparente del personal de gabinete, que históricamente ha existido en la administración pública”.

Con respecto al reclamos de su publicación, se responde que “el Decreto N° 1/2025 ha estado publicado desde el 13 de enero en la página oficial de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, por lo que cualquier ciudadano o legislador interesado pudo acceder a su contenido”.
Detalle
Asimismo, se apunta que “la Unidad de Compensación Económica destinada al Personal de Gabinete creado por Ley N° 9.755 y que el Decreto N° 1/25 faculta al secretario General de la Gobernación para realizar la distribución de las Unidades de Compensación Económica que se destinarán, exclusivamente, para afrontar el pago del personal de gabinete nuevo”.

Mientras que, “el decreto 77/25 establece que el personal de gabinete asistirá a las autoridades superiores exclusivamente en funciones de asesoramiento o administrativas y cesará en sus funciones simultáneamente con la autoridad a la que asiste, sin perjuicio que se disponga la cancelación anticipada de su designación”.
Transparencia y Límites
La Resolución que reglamenta este artículo aclara expresamente que “los fondos asignados podrán utilizarse exclusivamente para la designación de personal de gabinete y no podrán destinarse a incrementar salarios de funcionarios ya designados. Además, las designaciones deberán respetar los límites económicos establecidos en el propio Decreto N° 1/2025”.

La Resolución reglamentaria que complementa el decreto también establece que “los fondos asignados solo podrán destinarse a la designación de personal de gabinete. No pueden utilizarse para aumentar salarios de funcionarios ya designados. Y cada designación tiene un límite salarial establecido, garantizando el control y la transparencia en el uso de los recursos públicos”.
Límites económicos y conclusiones
En el documento elaborado desde el gobierno provincial se señala que “un ministro tendrá hasta 6 millones de pesos para la contratación de su personal de gabinete” y que “lejos de lo que ha intentado instalar la oposición, este decreto no crea nuevos cargos, no aumenta el gasto público y no otorga recursos a funcionarios. Se trata simplemente de la regulación del personal que asiste a los funcionarios políticos y que se desvincula al finalizar su gestión e impide engrosar la planta permanente del Estado como ocurría en gestiones anteriores”.

Por último, se subraya que, “el Gobierno de Entre Ríos reafirma su compromiso con la transparencia y la correcta administración de los recursos públicos, y desmiente categóricamente las acusaciones carentes de fundamentos y veracidad”.