Cabe recordar que el Congreso de la Nación sancionó la norma en 2019 y que en 2021 el Ejecutivo la reglamentó y determinó que “será considerado acto discriminatorio cualquier práctica abusiva, vejatoria o estigmatizante referida al aspecto físico, género, orientación sexual, identidad de género u otra característica de las consumidoras y los consumidores”.
Castrillón sostuvo que “la norma nacional es un gran avance que permite unificar lo referente a la determinación de la vestimenta de los argentinos conforme a los parámetros reales de los cuerpos y no basados en estereotipos ficticios que acarrean en las personas problemas de angustia por no poder usar tal o cual vestimenta y la posterior discriminación que realiza la sociedad por no estar su cuerpo dentro de los parámetros que fijan los medios de comunicación y la industria de la moda”.
Al tiempo que manifestó que “establecer el organismo específico que será la autoridad de aplicación de la ley en Entre Ríos es una forma de reforzar y realizar en forma efectiva los objetivos de dicha ley y abogar por los derechos y la salud de los habitantes de la provincia”.
El proyecto legislativo que ingresó días atrás a Diputados de la Provincia establece que el Ministerio de Economía como autoridad de aplicación tendrá a su cargo la realización de campañas de concientización, información y difusión sobre los alcances y contenidos de la ley nacional 27.521 y deberá aplicar las correspondientes sanciones en el caso de que ésta no se cumpla.
También se indica que el Ministerio de Economía podrá “delegar sus facultades a la Secretaria o Dirección que funcione dentro de su organigrama y considere corresponder”.
Además, según la información a la que accedió APF, deberá “coordinar con el Consejo General de Educación de la Provincia la realización de campañas de concientización e información en los niveles de educación inicial, secundario y terciario, así como también de abordar la temática en las prácticas profesionales”.