El Decreto del Poder Ejecutivo señala que se exima desde el período 04/2024 y mientras dure el estado de emergencia hídrica, social, vial y sanitaria, del pago del 100% de las Tasas General Inmobiliaria y Comercial a los propietarios de las viviendas y comerciantes que hayan sido afectados por la inundación.
A fines de otorgar dichos beneficios, los damnificados deberán presentar en la Dirección General de Rentas constancia que acredite dicha situación.