La compensación de gastos por traslado docente no tendrá tope de kilómetros recorridos
A través de la resolución 0251, se solicita la actualización al personal docente y auxiliar de educación que cumpliere funciones en el organismo central, Direcciones Departamentales de Escuelas y establecimientos educativos públicos o de gestión privada.
La actualización de datos deberá realizarse en un plazo de 30 días hábiles, de acuerdo al instructivo de carga previsto por las resoluciones 3535/23 CGE y 3550/23 CGE, bajo apercibimiento de no procederse al pago de los códigos 029 y 019 (conforme lo dispuesto por el decreto 2563/21 MGJ, artículo 2º y decreto 1161/10 MGJE).
De esta forma se podrá establecer la correcta liquidación de la compensación de gastos por traslado durante el ciclo lectivo 2025. Se precisa también, que se interrumpirá el pago del código a quienes no actualicen sus datos dentro del plazo establecido, hasta tanto completen la carga.
Asimismo, se expresa que es importante informar cualquier cambio en la situación de revista, a fin de que sea tenido en cuenta al momento de la liquidación del beneficio.