Según consignó a Diario Río Uruguay el Superior Tribunal de Justicia, la Cámara de Casación Penal, integrada por los Dres. Hugo Daniel Perotti, Rubén Alberto Chaia y José María Chemez, asistidos por la Secretaria autorizante, Dra. Claudia Geist, dio a conocer la Sentencia por la cual rechazó el Recurso de Casación interpuesto en la causa caratulada "Briozzi, Julio César - Extorsión en grado de tentativa s/Recurso de Casación".

 El Recurso de Casación fue presentado por el Defensor Técnico de Briozzi, Dr. Gonzalo Martín Cantallops, contra la Sentencia Nº 39, del 25 de noviembre de 2014, emitida por el Vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de la ciudad de Concordia, Dr. Alberto Funes Palacios, que condenó al imputado a la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo con accesorias legales por el delito de Extorsión en Grado de Tentativa, considerando que la misma contiene vicios en la interpretación del derecho, la reconstrucción de los hechos y la selección y valoración de las pruebas, sin fundamentación de su condena.

En la Audiencia de Casación se encontraban presentes el Dr. Gonzalo Martín Cantallops, defensor particular, y el Dr. Jorge García, Procurador General de la Provincia de Entre Ríos.

Cabe recordar que a Julio César Briozzi se le adjudica el hecho ocurrido el 24 de junio de 2014, cuando mediante una llamada telefónica realizada al comerciante de la ciudad de Concordia, Nicolás Darío Benítez, le exige la entregue una suma de dinero para poder recuperar la caja registradora que le había sido sustraída al comerciante el día 19 de junio de 2014. En la llamada, Briozzi le advierte a Benítez que "si no está la plata, no hay nada", y lo citó en la intersección de calles Santa María de Oro y Sarmiento de esta ciudad para realizar el intercambio. La autoridad policial, advertida por Benítez, se hizo presente en el lugar y procedió a la aprehensión de Julo César Briozzi y el secuestro de la máquina registradora, antes de que el intercambio se llevara a cabo.