
Carlos Sutter y Gustavo Albarracín fueron condenados a ocho años de prisión. Se los posicionó como los responsables de la organización delictiva que tuvo como fin llevar los seis kilos de éxtasis por un valor actual superior a los 100 millones de pesos, desde Brasil hasta Córdoba. En tanto, Víctor Alberto Capria, quien tuvo un rol secundario, fue sentenciado a cinco años de prisión.
Sutter y Albarracín era los socios financistas, es decir, quienes aportaron los vehículos y el dinero para conseguir el estupefaciente, porque se trata de pastillas que se adquirieron en Brasil.
Por otro lado, el tribunal resolvió hacer lugar al pedido de decomiso de los bienes que hizo la Fiscalía, con el objetivo de afectar el núcleo económico del delito. Fueron decomisados los vehículos utilizados, dinero y celulares. Además impusieron una multa en total de 2 millones de pesos, la más alta en la historia del tribunal.
El Tribunal resolvió condenar a los acusados bajo la calificación legal que fue propuesta por el fiscal José Ignacio Candioti, coautoría de Transporte agravado de estupefacientes. Además, al igual que propuso también la parte acusadora, fue absuelta la mujer que era la cuarta acusada.
La causa
El tribunal de Paraná juzgó esta semana a cuatro personas detenidas el 26 de setiembre de 2022 en San Jaime de la Frontera, con 11 mil pastillas de éxtasis, que pesaron seis kilos. El procedimiento policial fue llevado adelante por la Dirección de Prevención y Seguridad Vial.Por la ruta nacional 127 ingresó a la provincia un Audi A4 con tres ocupantes, todos de Córdoba, el cual siguió su curso y a los pocos minutos llegó un Fiat Argo. Al pasar Eve, la perra adiestrada en detectar droga, no dudó en marcar y fue así que encontraron en el asiento trasero el cargamento de pastillas de éxtasis.
Se diferenció la situación de los procesados: Víctor Alberto Capria de 29 años de Almirante Brown (Buenos Aires), quien conducía el Fiat Argo; Carlos Sutter, de 35 años, de Córdoba, y Gustavo Albarracín, de 37 y de la misma provincia. Se los posicionó como los responsables de la organización delictiva.
En tanto, la Fiscalía entendió que Evelin González de 35, prácticamente no tuvo un rol preponderante en el emprendimiento delictivo, y se sostuvo que por su vulnerabilidad, era necesario tener la contemplación el no pedido de condena. El Tribunal procedió a absolverla, consignó Diario Uno.