La edil solicitaba que, antes de aprobar este beneficio, se incrementaran lo controles que garanticen que cada comercio efectivamente facture cada una de sus operaciones, mientras que su compañero de bancada pidió contemplar en este beneficio a otros sectores de la población, como por ejemplo los jubilados.
Luego de dos extensos cuartos intermedios, la modificación de la ordenanza del Código Tributario Municipal que quedó redactado de la siguiente manera en su Artículo 144: “quedan exentos del pago de 50% de la Tasa por Alumbrado Público los usuarios comerciales que se encuentren inscriptos en la Tasa Comercial con los alcances que establezca la Ordenanza Tributaria vigente”.