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El accidente ocurrió el 16 de febrero del 2021
CRÉDITO: DIARIO RIO URUGUAY
Vale recordar que se trata del fatal hecho ocurrido en febrero de 2021, cuando en la intersección de calles Corrientes y La Rioja dos camionetas, una Toyota RAV 4 y una Honda CRV . A raíz del siniestro, uno de los conductores, identificado como Roque Pisani, de 68 años, terminó falleciendo. El otro conductor, Felipe Van Derdonckt, de 21 años, fue hospitalizado y luego imputado por el delito de "homicidio culposo". En su momento, el Juez de Garantías, Francisco Ledesma, hizo lugar al pedido de la querella, por lo que dispuso inhibir a Van Derdonckt y a la empresa que pertenece el vehículo que manejaba el joven: una distribuidora de bebidas de Concordia.
Fallo
Se espera que la sentencia llegue en la semana entrante. En diálogo con Diario Río Uruguay, el fiscal de la causa, el doctor Martín Nuñez, comentó que "el sistema legal establece agravantes y atenuantes que nosotros tenemos, o sea, todo delito, toda conducta contraria a la ley tiene una pena establecida, la cual establece un mínimo y un máximo de condena".

A su entender, "en este caso, la imputación tiene tres agravantes, que es la falta de respetar la prioridad de paso en una encrucijada, es decir, llegar por la izquierda". Otro agravante es "no respetar la velocidad de circulación excediendo, en más de 30 kilómetros, la velocidad máxima permitida", agregó.

En ese contexto, en toda esquina "la máxima permitida es de 30 kilómetros, si se exceden los 60 kilómetros, es más grave aún y en este caso, la pericia oficial determinó 82,20 kilómetros como mínimo", detalló el fiscal.

Y por último, citó, "también se tuvo en cuenta la alcoholemia positiva, que recordemos que la ley establece 0% de grado de etanol en sangre pero a su vez establece que si una persona tiene más de 1 de un gramo de etanol en sangre es más grave y en este caso era 1,72, lo que determinó la pericia".

Con todo, puntualizó Nuñez, "esta sumatoria de estas circunstancias determinan a mi juicio, o fue lo que yo valoré, que estemos ante un caso de una responsabilidad temeraria, es decir, dentro de la imprudencia, de la falta de cuidado que puede demostrar una persona para la vida de los demás y que concluye terminando con su vida".

En efecto, argumentó, "uno puede poner en riesgo la vida de los demás por circular a 60 pero también lo pone en riesgo cuando circula a 70, a 80, a 90, a 100, a 110 y lo mismo con la alcoholemia; no es lo mismo tener un poco de alcohol en sangre que tener mucho o tener muchísimo".

Con esos datos, es que el fiscal terminó por determinar su pedido de sentencia.
Ley
Según Nuñez "no todos son agravantes, la ley también dice, por ejemplo, que las personas que no tienen antecedentes penales deben ser tomadas en su favor, las personas que tienen una edad corta tienen menos capacidad de razonar o de internalizar las normas que las personas más adultas".

En el caso del imputado, continuó, "él había sufrido lesiones en su cuerpo, importantes también como consecuencia del accidente y esto también la ley dice que debe ser merituado en su favor; todas estas son las cosas que se van teniendo en cuenta para llegar a una pena específica".

Así las cosas, "es por eso que solicité cinco años porque consideré que había muchas agravantes y algunos atenuantes, como ya mencionaba, que hacía que no pueda pedir el máximo de la condena", mencionó. Subrayando que de esa forma "llegué a los cinco años que solicité, que estaba dentro de los 3 y 6, que es el marco penal que se establece".
Severidad
Por último, el fiscal reflexionó que "ha habido un aumento de penas relacionadas en el momento que se sancionó el artículo 84 bis, en 2017, cuando el legislador entendió que había demasiados accidentes de tránsito con muertos y por lo tanto aumentaron las penas por accidentes de tránsito".

En ese contexto, Nuñez explicó que "no todos los muertos en accidentes de tránsito o no todos los muertos en homicidios culposos u homicidios imprudentes son iguales". A su entender, "no es lo mismo circular con exceso de velocidad, con alcohol en sangre, sin respetar prioridad de paso, en pleno centro de la ciudad de Concordia, que otro hecho que pueda generar también la muerte de una persona, pero donde por ejemplo la persona solamente incumpla una norma de cuidado o sin un excesivo incumplimiento".

Dicho esto, "en este caso en particular amerita una pena efectiva y así lo solicité", remató.

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